Terapias de conversión en Venezuela: La tortura oculta bajo el disfraz de la «cura»

Caracas.– Bajo los principios falsos de «corregir», «reparar» o «curar» lo que la ciencia médica y psicológica ha demostrado que no es una enfermedad, las llamadas Terapias de Conversión (TC) —o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG)— continúan operando activamente en Venezuela. Así lo revela el reciente informe «Terapias de Conversión = Tortura», elaborado por la organización Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), el cual documenta un patrón sistemático de violaciones a los derechos humanos fundamentales de la comunidad LGBTIQ+ en el país.

El estudio, desarrollado bajo una metodología de diagnóstico rápido participativo entre mayo y noviembre de 2024, recopila estremecedores testimonios de víctimas, así como los aportes de especialistas médicos, psicólogos, juristas y activistas de derechos humanos. Sus conclusiones son tajantes: en Venezuela, estas prácticas constituyen actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Los rostros de la violencia: ¿Quiénes y cómo se aplica?

El informe de ACCSI rompe el silencio sobre una realidad mayormente invisibilizada y constata que las TC se manifiestan a través de dos vertientes principales:

  1. La vía pseudocientífica y médica: Profesionales de la salud mental (psiquiatras, psicólogos y sexólogos) que anteponen sus dogmas personales y prejuicios por encima de la ética profesional y el rigor científico. Asimismo, se alerta sobre el delito de intrusismo por parte de personas sin cualificación profesional.
  2. La vía fundamentalista y religiosa: Iglesias cristianas (evangélicas y católicas), cultos espirituales y centros de santería que ejecutan prácticas deshumanizadas.

Entre las agresiones documentadas por la investigación se encuentran métodos tanto «sutiles» u ocultos como abiertamente manifiestos. Las víctimas reportaron haber sido sometidas a exorcismos, encierros forzados para lecturas bíblicas, círculos de oración coercitivos, privación de alimentos y libre circulación, humillaciones, palizas, amenazas, e incluso las denominadas «violaciones correctivas».

Un dato alarmante es el rol de la institución familiar: la gran mayoría de estos casos se originan en el seno del hogar, donde padres o representantes, movilizados por el engaño, los prejuicios y la desinformación, obligan a niños, niñas, adolescentes y jóvenes (NNAJ) a someterse a estos tratamientos.

Un problema de salud pública sin «curas» reales

A través de la revisión de casos, el informe confirma que no existe evidencia alguna de que estas prácticas logren cambiar la orientación afectiva o la identidad de género de una persona. Por el contrario, el único resultado real es el abandono de las consultas ante el sufrimiento y la posterior necesidad de buscar ayuda psicológica genuina para lidiar con el dolor.

Las secuelas dejadas en las víctimas representan un grave problema de salud pública en Venezuela. Quienes sobreviven a estas prácticas arrastran profundas cicatrices emocionales y físicos, traumas y severos deterioros de su salud mental, afectando de forma directa sus proyectos de vida.

El mito de la laguna legal: No hace falta esperar para sancionar

Una de las contribuciones más importantes del análisis jurídico del informe es el derribo del mito de que en Venezuela «no se puede actuar por falta de leyes específicas». Apoyándose en estándares internacionales establecidos por expertos de la ONU como Víctor Madrigal Borloz, la investigación sostiene que los marcos legales vigentes contra la tortura son plenamente aplicables a las terapias de conversión.

En el contexto nacional, el ordenamiento constitucional venezolano y leyes especiales como la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes ofrecen las herramientas jurídicas necesarias para perseguir penalmente a los perpetradores y establecer responsabilidades públicas e institucionales, sin necesidad de esperar nuevas reformas legislativas. Tolerar estas prácticas refleja una doble moral social e institucional que vulnera el derecho a una vida libre de violencia.

Llamado a la acción y recomendaciones clave

Frente a este escenario, ACCSI traza una hoja de ruta con recomendaciones urgentes destinadas a frenar la impunidad:

  • Área Jurídica y de Denuncia: Fortalecer los mecanismos de denuncia confidencial y segura mediante formularios en línea y líneas de apoyo. Asimismo, se propone la creación de un grupo de litigio estratégico para acompañar casos emblemáticos que sienten precedentes legales en el país.
  • Incidencia Internacional: Elevar los hallazgos de este diagnóstico ante los Órganos de Tratados de las Naciones Unidas (como el Comité contra la Tortura) y solicitar audiencias públicas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para visibilizar la responsabilidad del Estado venezolano.
  • A los gremios profesionales: Aplicar de forma estricta los códigos deontológicos de los colegios de psicólogos, médicos y profesionales de la salud, instando a los tribunales disciplinarios a sancionar permanentemente a quienes promuevan el fraude de las TC.
  • A las instituciones públicas: Exigir a la Comisión Nacional de Prevención de la Tortura intervenir de oficio en los centros médicos o religiosos donde se ejecuten ECOSIG, aplicando las sanciones penales correspondientes.
  • A las familias: Compartir masivamente estas evidencias para sensibilizar a padres y madres, promoviendo redes familiares de aceptación que entiendan que el amor no exige conversión y que estas prácticas son, en esencia, violencia intrafamiliar.

Desde nomasdiscriminacion.org nos sumamos al eco de esta investigación: Las terapias de conversión no curan nada porque la diversidad sexual no es una enfermedad. Las terapias de conversión son tortura, y la tortura debe ser proscrita de forma definitiva en Venezuela.

Basado en el Diagnóstico Rápido Participativo (Diciembre 2024) realizado por Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI).

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