El Estado venezolano es señalado por la persistente impunidad frente a agresiones, discriminación sistemática y la omisión de investigar delitos cometidos contra personas LGBTI+. En el marco del comunicado No. 172/26, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) elevó ante la Corte IDH el caso del activista Julián Alejandro Parra Patiño.
El caso expone una grave cadena de violaciones de derechos humanos, persecución e impunidad institucional que forzaron al activista a abandonar el país en busca de protección internacional.
Resumen de los hechos
Julián Parra Patiño fue sometido en su infancia a intervenciones médicas no consentidas para adaptar su cuerpo a la sexualidad femenina, siendo diagnosticado posteriormente como una persona intersex (síndrome de Klinefelter). A lo largo de los años, Parra ha enfrentado graves episodios de discriminación y violencia institucional:
- Despidos injustificados: En 2016 fue despedido del colegio donde trabajaba al conocerse su identidad trans e intersex. Un hecho similar ocurrió en 2022 en la Universidad Popular del Ambiente Fruto Vivas tras participar en manifestaciones por los derechos LGBTI+.
- Violencia e inacción estatal: En 2016 sufrió agresiones físicas y retención por parte de desconocidos. Al acudir al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) para denunciar, sufrió revictimización: los funcionarios lo obligaron a identificarse con su nombre legal de nacimiento y pronombres femeninos, ignorando su identidad de género.
- Acoso e impunidad: Las investigaciones abiertas por el Ministerio Público no mostraron avances en más de ocho años. En 2023, agentes policiales se presentaron en su domicilio y sufrió ataques cibernéticos, derivando en su exilio forzado.
La CIDH concluyó en su Informe de Admisibilidad y Fondo No. 172/25 que el Estado venezolano violó múltiples derechos fundamentales reconocidos en la Convención Americana, tales como la integridad personal, la libertad de expresión, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley y el derecho al nombre y reconocimiento de la personalidad jurídica.
Al someter el caso ante la Corte IDH, la Comisión ha sido enfática en exigir medidas concretas que reparen el daño causado a Julián Parra Patiño y que transformen el entorno legal e institucional en Venezuela para frenar la discriminación estructural contra las personas trans e intersex.
Las recomendaciones de la CIDH al Estado venezolano
La CIDH solicitó a la Corte IDH que ordene las siguientes medidas de reparación y garantías de no repetición:
- Reparación integral: Otorgar una reparación integral por los daños materiales e inmateriales causados, aplicando un enfoque interseccional que reconozca explícitamente sus condiciones como persona trans, intersex y defensora de derechos humanos.
- Atención en salud y rehabilitación: Proveer atención médica y psicológica concertada para su rehabilitación física y mental, adaptada de forma acorde a su condición actual de residencia fuera de Venezuela.
- Justicia e investigación efectiva: Continuar con la investigación penal de manera efectiva, diligente y en un plazo razonable para esclarecer los hechos, identificar y sancionar a los responsables de las agresiones y hostigamientos, además de iniciar los procesos disciplinarios correspondientes contra los funcionarios que incurrieron en tratos discriminatorios o negligencia.
- Garantías de no repetición:
- Diseñar e implementar protocolos de investigación policial y judicial libres de sesgos y estereotipos de género o diversidad sexual.
- Implementar capacitaciones obligatorias dirigidas a cuerpos de seguridad y operadores de justicia sobre derechos LGBTI+ e identidad de género.
- Adoptar políticas públicas que promuevan activamente el respeto de los derechos de las personas trans, intersex y no binarias en la sociedad y el ámbito laboral.
Desde el Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ reafirmamos que el derecho a la identidad, a la justicia sin discriminación y a defender derechos humanos son pilares innegociables. Exigimos que las recomendaciones de la CIDH sean adoptadas íntegramente para garantizar que ningún activista de la diversidad sexual vuelva a ser victimizado por el mismo Estado al que acude en busca de protección.



